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Elementos configuradores de la justicia arbitral

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2009
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Universidad Sergio Arboleda, Bogotá, Colombia
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Es frecuente presentar al arbitraje como un tránsito de la solución judicial del litigio a la contractual; un subrogado, un sustitutivo de la jurisdicción, un procedimiento para-judicial, en el cual el Estado se encuentra interesado, no solo en proteger, sino también en ejercer control sobre su curso, y sobre el laudo, con que se pronuncia. Lo que se sustituye por los particulares es una decisión formalmente idéntica a la sentencia, pero con la diferencia de que su función es privada, no pública, pues carece de los poderes jurisdiccionales. Todo ello es la consecuencia del respeto al interés privado que gravita con frecuencia en el espíritu del proceso civil. A modo de síntesis, puede afirmarse que arbitraje y jurisdicción no son compartimentos estancos y que el recuso a la segunda instancia es muchas veces esencial para el buen funcionamiento de la institución arbitral; ahora bien, esa dependencia funcional no es suficiente en modo alguno para vincular dicha institución de manera exclusiva a la jurisdicción estatal. El juicio de los árbitros se configura así como un complemento de la administración de justicia ordinaria que en vez de perjudicarla la favorece porque contribuye a descongestionarla.
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