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Las personas físicas en derecho romano

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2015
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Universidad Complutense de Madrid
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Los tres grupos que fundaron Roma - latinos, sabinos y etruscos - sin dejar de mantener ciertas relaciones jurídicas dentro de su propio grupo, establecieron un derecho común para todos, que los unificó en la condición de ciudadanos, creándose así el primitivo estado y derecho romano. Los hombres no incluidos inicialmente en aquellos grupos y los admitidos después constituyeron clases sociales distintas dentro de todo el Imperio romano con los derechos que se les reconocieron o concedieron posteriormente y que sirvieron para clasificarlas, excepto los esclavos que teóricamente no tenían ninguno. Los únicos que tenían la plenitud de derechos eran los ciudadanos romanos y en derecho privado los paterfamilias aunque determinadas circunstancias - como las situaciones de cuasi esclavitud - y entre otras el ejercicio de ciertas profesiones que se consideraban deshonrosas el ser condenado en algunos juicios el colonato y la religión, etc. Podían disminuirlos.
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Tesis inédita de la Universidad Complutense de Madrid, Facultad de Derecho, leída en 1976.
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